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Según el Código de Conducta para Inversiones Temporales, éstas pueden realizarse en valores mobiliarios e instrumentos financieros.

De conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 20 de noviembre de 2003 por el que se aprobó el contenido mínimo del Código de Conducta para las fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, las mismas deben informar a sus Protectorados sobre la realización de inversiones temporales.

Valores mobiliarios e instrumentos financieros

El Código de Conducta para Inversiones Temporales de Fundación Iberdrola España [PDF] recoge y desarrolla las normas y principios aprobados por el Patronato para la realización de inversiones temporales en valores mobiliarios e instrumentos financieros que estén bajo el ámbito de supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

El presente documento sustituye al Código de Conducta de Inversiones Temporales de Fundación Iberdrola España, aprobado mediante acuerdo de 16 de junio de 2015.